
El Dr. Juan Ignacio Marceillac, en su carácter de presidente de la Asociación Civil de Consumidores “Defendete” interpuso una acción de amparo y aguarda por una resolución del Juzgado Federal Nº2 de Mar del Plata para que se dicte la suspensión de un importante conjunto de reformas que se plantaron en el DNU que anunció el 20 de diciembre el presidente Javier Milei en cadena nacional.
Al realizar un «test de de constitucionalidad», el letrado insistió en que el DNU 70/2023 «sobrepasa la pauta de razonabilidad establecida en el artículo 28 de la Constitución Nacional desde que no guarda adecuada proporción entre los fines que denuncia proteger y los medios que en concreto adopta a tal efecto». «El medio empleado no resulta la herramienta adecuada para lograr el fin previsto, pues supone clausurar uno de los poderes del Estado», planteó en el escrito.
En el marco del amparo, el abogado de la asociación civil pidió el dictado de una medida cautelar innovativa para suspender todas aquellas reformas que afectan a las relaciones de consumidores y usuarios. «La mega alteración del sistema actual introducida por el DNU genera que el “umbral de acceso” al consumo de los bienes y servicios cuyo marco regulador ha sido desguazado o eliminado de la noche a la mañana sea cada vez más elevado, desplazando a grandes sectores de la sociedad de consumidores y usuarios a privarlos de los mismos», advirtió Marceillac.
Según el pronóstico de «Defendente», la alteración y/o eliminación de cientos de marcos normativos tuitivos de los consumidores y usuarios «sumirán a todos los habitantes de la Nación (o a un gran sector de ellos, principalmente trabajadores) en la imposibilidad de acceder a los mismos, con la lógica lesión de derecho a la salud y al bienestar, todo lo será de imposible reparación ulterior».
Además, el letrado sostuvo que el DNU vulnera «el principio esencial de ‘progresividad o no regresividad’ en materia de derechos humanos, y en definitiva, el derecho al bienestar de la población». «La derogación y/o modificación de marcos tuitivos del consumidor que han alcanzado determinados niveles de protección, solo pueden ser alterados para sumar mayores standares de custodia, pero no como en nuestro caso para resignarlos», explicó, al respecto.
Con la demanda colectiva, Marceillac persigue la declaración de «inconstitucionalidad» del decreto de necesidad y urgencia dictado por Milei y busca que la Justica reconozca su «ilegitimidad y arbitrariedad manifiestas». Si las autoridades intervinientes hacen lugar a la cautelar requerida, la medida permanecerá vigente hasta tanto se dicte sentencia definitiva, y/o al menos hasta tanto el Congreso de la Nación finalice con el tratamiento del DNU.
El juez Santiago Martin debe dar una definición sobre el expediente en estos días. Si bien en un principio se declaró «incompetente», el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, devolvió las actuaciones al Juzgado Federal Nº2 de Mar del Plata y se aguarda por novedades.
El contenido del artículo pertenece al Canal 8 de Mar del Plata. Podes encontrar la nota en el siguiente link: https://canal8mardelplata.com.ar/falaz-y-ridiculo-que-dice-uno-de-los-amparos-que-se-tramita-en-mar-del-plata-contra-el-dnu-de-milei/