
El pasado 24 de agosto, el Juzgado Federal Civil y Comercial Nro. 4 de la ciudad de Mar del Plata consideró que : “…Es claro del análisis de los presentes, como conforme surge de la documental acompañada y del relato efectuado, que la omisión en proveer la prestación reclamada implica peligro serio, cierto y grave para su salud y su vida, con decidida aptitud para violentar sus derechos constitucionales, frente a lo que considero que no existe una herramienta de tutela inmediata y urgente más idónea para revertir en debido tiempo y forma, en caso de corresponder la conducta denunciada…”.
En consecuencia, resolvió: “…DECRETASE MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA, ORDENÁNDOSE A SWISS MEDICAL SA, a partir de la recepción de la presente, provea lo conducente para que a la amparista de autos, le sea proporcionada la cobertura integra, en un 100% a su cargo de la LECHE DE PREMATUROS (atento los términos de la Ley Nro. 27.611, Decreto Reglamentario N° 515/2021 y Resolución 409/2022 del M.S.), en los términos de lo prescripto por el profesional tratante en los certificados médicos acompañados, mientras dure el tratamiento y/o la prescripción médica así lo indique y hasta tanto se dicte Sentencia Definitiva en autos…”
Expediente:
8160-2024 / Juzg. Federal N4/
Departamento Judicial de Mar del Plata